REQUISITOS PARA TRIBUTAR COMO SOCIEDAD DE PROFESIONALES RELACIONADOS AL OBJETO SOCIAL

El Servicio de Impuestos Internos mediante el Oficio N°828 de 2023, se pronuncia sobre la consulta de un contribuyente cuyo objeto social no sólo comprende la asesoría y consultoría en informática, sino que también la compra y venta de productos computacionales, podría calificar como una sociedad de profesionales.

Al respecto se ha señalado que sobre las sociedades de profesionales, para calificar como tales, se debe reunir una serie de requisitos, entre los cuales se encuentra que su objeto exclusivo debe ser la prestación de servicios o asesorías profesionales.

Es decir, tanto las actividades económicas que se han informado al Servicio de Impuestos Internos como la que desarrollen en los hechos, deben ser exclusivamente relativas a servicios y asesorías profesionales, es por ello, que si desarrollan o informan otros giros, dejarán de ser sociedades de profesionales. No desvirtúa lo anterior que la escritura social contemple otras actividades, siempre que en los hechos sólo efectúe prestaciones de servicios profesionales.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.