PUBLICACIÓN LEY Nº 21.699 QUE ESTABLECE EXCEPCIÓN A LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA EN MATERIA DE REMANENTE NO CONSUMIDO DE CUOTAS ANUALES DE CAPTURA PARA LOS RECURSOS Y REGIONES QUE INDICA

El día 17 de octubre de 2024 fue publicada en el Diario Oficial la ley 21.699 que «Establece excepción a la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de remanente no consumido de cuotas anuales de captura para los recursos y regiones que indica».

La ley en su artículo único, permite que los remanentes de cuota no consumidos por la pesca artesanal durante el año 2023 para los recursos sardina común (Strangomera Bentincki), sardina austral (Sprattus Fuegensis) y anchoveta (Engraulis Ringens), desde la Región de Arica y Parinacota a Los Lagos, y merluza austral (Merluccius Australis), entre las regiones de Los Lagos y Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, puedan ser extraídos por ella, dentro de este año en el plazo de cuarenta y cinco días efectivos de captura.

Para extraer el referido remanente la pesquería no debe estar declarada en condiciones de agotamiento o colapso por parte del comité científico. El traspaso de remanentes no podrá superar el 20% de la cuota global del año anterior. Si se trata de pesquerías sobreexplotadas sólo se podrá extraer el remanente de cuota dentro de los treinta días efectivos de captura y no podrá superar el 15% de la cuota global del año anterior.