PUBLICACIÓN DE REGLAMENTO QUE DEFINE NORMAS DE COMPOSICIÓN, ETIQUETADO Y COMERCIALIZACIÓN DE FERTILIZANTES Y BIOESTIMULANTES

Con fecha 28 de agosto del presente 2023 se publicó en el Diario Oficial el Decreto N°. 61 del Ministerio de Agricultura el cual contiene el Reglamento con las disposiciones y definiciones técnicas necesaria para la aplicación de la Ley N° 21.349 sobre composición, etiquetado y comercialización de fertilizantes y bioestimulantes, que trata la materia.

El Decreto reseñado se estructura bajo la base de detallar los siguientes puntos:

  1. Parámetros de calidad, composición, clasificación, envasado, declaración, etiquetado y trazabilidad, y demás exigencias aplicables a la fabricación, formulación, producción, comercialización, tenencia, importación y exportación de fertilizantes y bioestimulantes.
  2. Las especificaciones del Registro Único Nacional en el cual deberán inscribirse los participantes en la cadena de producción de fertilizantes y bioestimulantes, a fin de proveer al SAG mejor información sobre la composición fisicoquímica y parámetros de calidad de los fertilizantes y así mejorar su trazabilidad y fiscalización.

Por su parte, en cuanto a la entrada en vigor de las disposiciones de la normativa, el reglamento especifica que los participantes en la cadena de producción de fertilizantes y bioestimulantes deberán cumplir con las exigencias establecidas a partir de los 3 años contados desde su publicación en el Diario Oficial. Sin perjuicio de lo cual aquellos participantes que a la fecha de entrada en vigencia de este reglamento cuenten con inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, deberán solicitar su inscripción en Registro Único Nacional (llevado por el SAG) a partir del noveno mes contado desde la entrada en vigencia del reglamento.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group, solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.