PUBLICACIÓN DE LEY N° 21.533 QUE MODIFICA CONSTITUCIÓN PARA PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DE NUEVA CONSTITUCIÓN

Con fecha 17 de enero del presente 2023, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.533 que modifica la Constitución Política de la República (CPR) con el objeto de establecer un nuevo procedimiento para la elaboración y aprobación de una nueva Constitución Política de la Republica.

La modificación constitucional regula el nuevo procedimiento constitucional mediante la incorporación de nuevos artículos 144 a 161 y la disposición transitoria N° 52. Esta disposición dispone las reglas para convocar a la elección de los miembros de la Comisión Experta y del Comité Técnico de Admisibilidad, órganos cuyo propósito se pasa a detallar.

El nuevo procedimiento para elaborar la nueva Constitución será encargado a tres órganos definidos por la ley:

–  El Consejo Constitucional.

–  La Comisión Experta y;

–  El Comité Técnico de Admisibilidad.

El Consejo Constitucional será el órgano que tendrá por objeto discutir y aprobar la propuesta de nueva Constitución presentada por la Comisión Experta. Sus integrantes serán electos en votación popular con fecha 07 de mayo del 2023 y su conformación constará de 50 miembros, los cuales necesariamente deberán comprender una distribución paritaria. En cuanto a sus plazos de operación, el Consejo deberá aprobar la propuesta del texto constitucional en el plazo de cinco meses contado desde su instalación.

La Comisión Experta será un órgano que tendrá por principal objeto proponer al Consejo Constitucional un anteproyecto de propuesta de nueva Constitución. Este estarácompuesto por 24 miembros electos por la Cámara de Diputados y el Senado y, su integración, deberá ser necesariamente paritaria. Para ser electo integrante de la Comisión, se requerirá necesariamente ser ciudadano -con derecho a sufragio- y contar con un título universitario o grado académico de, a lo menos, ocho semestres de duración, más contar con una destacada trayectoria profesional o académica no inferior a diez años; circunstancias que serán calificadas por la Cámara de Diputados y el Senado.  En cuanto a su fecha de instalación y lugar de operación, esta está fijada para el 06 de marzo de 2023 en las dependencias del Congreso Nacional en la ciudad de Santiago, fecha desde la cual se iniciará la redacción del anteproyecto de nueva Constitución.

Por último, el Comité Técnico de Admisibilidad, será el órgano paritario; compuesto por abogados con destacada trayectoria profesional; que tendrá por objeto resolver los requerimientos que se interpongan contra aquellas propuestas de normas aprobadas por la Comisión de Expertos o por el plenario del Consejo Constitucional que se estimen contravenir las bases institucionales mínimas dispuesta en el artículo 154 de la CPR, entre ellas: el respeto del carácter democrático y unitario de la República de Chile, la división de los poderes del Estado, los distintos órganos con autonomía constitucional; Banco Central, Justicia Electoral, Ministerio Público y Contraloría General de la República; el respeto de los Derechos Fundamentales, entre otros. Sobre la composición del Comité, este estará conformado por 14 miembros escogidos mediante mecanismo mixto en que interviene la Cámara de Diputados y el Senado. Finalmente, su instalación está contemplada para la misma fecha fijada para la Comisión de Expertos.

Sin perjuicio de lo dicho anteriormente, el Comité Técnico no será el único órgano considerado para la supervisión del nuevo proceso constitucional. En efecto la reforma también contempla un recurso ante la Corte Suprema donde ésta podrá conocer de las reclamaciones que se le formulen en contra del Consejo Constitucional o la Comisión de Expertos por la infracción a las reglas procedimentales establecidas para este proceso.

A modo de cierre, el proceso constitucional concluirá mediante un plebiscito nacional fijado para el 17 de diciembre de 2023 donde el electorado se pronunciará “a favor” o “en contra” de la propuesta constitucional. Este plebiscito al igual que la elección de miembros del Consejo Constitucional será con sufragio obligatorio. De modo que quienes se ausenten se expondrán a multas de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.