PROCEDIMIENTO DE TRASPASO DE LAS SOCIEDADES PLATAFORMA DE INVERSIONES AL REGISTRO DE INICIO DE ACTIVIDADES

Mediante la Resolución Exenta N°47 de 2022, el Servicio de Impuestos Internos impartió instrucciones sobre el procedimiento de traspaso de las sociedades plataforma de inversiones, vigentes al 31 de diciembre de 2021, al registro de inicio de actividades, en conformidad que la Ley N°21.047 derogó el artículo 41 D de la LIR que establecía un régimen especial de tributación para las sociedades plataformas de inversiones constituidas en el país para efectuar inversiones en Chile o en el extranjero.

Las sociedades plataforma de inversiones que estuvieran acogidas al régimen del artículo 41 D de la LIR al 31 de diciembre de 2021, y que se encontraban inscritas en el Registro de sociedades anónimas acogidas al artículo 41 D de la LIR, serán traspasadas automáticamente al Registro de Inicio de Actividades a contar del 1° de enero de 2022, manteniendo el mismo RUT y giro. Estas sociedades que se traspasan automáticamente al Registro de Inicio de Actividades tendrán el plazo de 2 meses para actualizar su información.  

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.