PLAZO PARA SOLICITAR CAMBIO DE PUNTO DE CAPTACIÓN EN CASO DE NO SER PARTE DE UNA COMUNIDAD DE USUARIOS DE AGUAS VENCE EL PRÓXIMO 6 DE ABRIL DE 2023

Con la entrada en vigencia de la Ley 21.435 que modificó el Código de Aguas el 6 de abril de 2022, se estableció que los usuarios de aguas subterráneas tienen la obligación de formar Comunidades de Aguas Subterráneas dentro del plazo de un año desde publicada la ley, es decir hasta el 06 de Abril de 2023, en los acuíferos declarados en zonas de prohibición, restricción y humedales protegidos.

En el caso que no se haya formado la comunidad, la Dirección General de Aguas no puede autorizar la solicitud de cambio de punto de captación de Derechos de Agua subterráneos, en los acuíferos que se encuentren con estas restricciones.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.