NUEVO FOGAPE

Con Fecha 3 de diciembre de 2022 fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.514, que crea el “Fogape Chile Apoya”, mediante una modificación del Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios establecido por el D.L. N° 3.472 del año 1980, la que tiene por finalidad ayudar a las pymes mediante el nuevo “Fogape Chile Apoya” y el programa de Alivio a la Deuda Tributaria, de la siguiente manera: 

1. El “Fogape Chile Apoya” otorgará créditos de inversión y capital de trabajo para impulsar recuperación. Al mismo tiempo, créditos para refinanciar las deudas adquiridas en pandemia. 

2. Se permitirá otorgar estos nuevos créditos con garantía Fogape por el plazo de hasta 12 meses, los cuales se focalizarán en medianas, pequeñas y microempresas, bajo condiciones y requisitos más ventajosos que el Fogape tradicional. Lo anterior tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023. 

3. Serán beneficiarias las empresas con ventas netas hasta 100.000 UF anuales, que cumplan, al menos, con uno de estos requisitos: 

– Tener giro del grupo de actividades económicas definidas como prioritarias. 

– Que no hayan recibido Fogape Covid ni Fogape Reactiva 

– Que sí recibieron Fogape Covid o Reactiva, pero en bajo monto. 

– Mipymes afectadas por el estallido social o por la violencia rural. 

4. El diseño del Fogape Chile Apoya considera un esquema de garantía con mayor cobertura para las empresas más pequeñas (MiPymes): Hasta 95%, para microempresas (ventas hasta 2.400 UF); Hasta 90%, para pequeñas empresas (ventas entre 2.400 y 25.000 UF) y hasta 85%, para medianas empresas (ventas entre 25.000 y 100.000 UF). 

5. Asimismo, se establece un nuevo esquema en licitación de garantía para que, al menos, el 70% de ellas deban ser destinadas a pequeñas empresas. El 30% restante debe destinarse a microempresas. 

6. Por otra parte, se flexibilizan los plazos de Fogapes anteriores. También, reprograma créditos, permitiendo un plazo mayor para el pago sin perder la garantía. En este sentido, aumenta los plazos de financiamiento vigente para Fogape Covid y Fogape Reactiva, de 10 a 12 años. 

7. Se establece que desde la publicación de esta ley y hasta el 30 de abril de 2023, la Tesorería suscribirá convenios de pago por impuestos adeudados hasta el 30 de junio de 2022. Para ello, deberá otorgar facilidades de hasta 48 meses, para el pago de cuotas periódicas, mensuales y sucesivas, y también condonando el 100% de los intereses y multas asociadas. 

8. Se establece una exención total del impuesto de timbres y estampillas para los Créditos Fogape Chile Apoya. 

9. El Administrador del fondo, deberá confeccionar con conjunto con el SII una nómina de las empresas elegibles para acceder al Fogape Chile Apoya, conforme a los criterios de esta nueva ley y su futuro reglamento. 

10. La tasa de interés nominal anual no podrá ser mayor a la tasa de política monetaria más el equivalente anual a una tasa del 0,6% mensual o la tasa de interés equivalente en UF o en moneda extranjera, que establezca el Ministerio de Hacienda conforme al Reglamento a dictarse por este. 

11. Finalmente, para implementar este nueva Ley, el Ministerio de Hacienda, deberá dictar un reglamento “Fogape Chile Apoya” dentro de 1 mes desde la publicación de esta nueva ley.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.