INSTRUCCIONES SOBRE MODIFICACIONES INCORPORADAS POR LA LEY N°21.713 AL ARTÍCULO 41 E DE LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA

El Servicio de Impuestos Internos mediante la Circular N°10 impartió instrucciones sobre las modificaciones introducidas por la Ley N°21.713 al artículo 41 E de la Ley sobre Impuesto a la Renta, sobre las normas sobre precios de transferencia.

Las principales modificaciones es la incorporación expresa del “principio de plena competencia”, por lo cual las operaciones que realicen los contribuyentes domiciliados, residentes o establecidos en Chile, con partes relacionadas en el extranjero, incluidas las reorganizaciones empresariales, deben efectuarse a precios, valores o rentabilidades normales de mercado, entendiéndose por éstas aquellas que hubiesen acordado partes independientes en operaciones comparables. Asimismo, se incorporaron nuevas normas de cómo realizar el ajuste de precio de transferencia incluyéndose el rango intercuartil, como un nuevo numeral sobre autoajuste de precios. Debido a este cambio importante, se dejaron sin efecto las instrucciones de la Circular N°29 de 2013, siendo la nueva Circular N°11 la que regulará esta materia.

La Circular N°11, se refiere a las siguiente materias sobre precios de transferencia: Facultades del Servicio de Impuestos Internos; Operaciones transfronterizas en que el Servicio de Impuestos Internos puede ejercer sus facultades; Normas de Relación; Concepto de Precios, valores o rentabilidades normales de mercado; Consideraciones respecto al análisis entre partes relacionadas; Métodos de precios de transferencia; Indicadores de rentabilidad; Estudios o informes de precios de transferencia; Ajuste de precios de transferencia, tributación y liquidación de impuestos; Normas de fiscalización, procedimiento de reclamación y obligación de declarar la información; Acuerdos anticipados de precios y Ajuste de precios efectuados por otras administraciones tributarias.