FECHA DE ADQUISICIÓN DE ACCIONES DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES NACIDA DE UNA DIVISIÓN HOMOGÉNEA

El Servicio de Impuestos Internos a través el Oficio N°65 de 2022 se ha pronunciado sobre la fecha de adquisición de las acciones de una sociedad por acciones nacida de un proceso de división homogénea, señalando lo siguiente:

a)  Conforme con el artículo 94 de la Ley de Sociedades Anónimas, la división de una sociedad consiste en la distribución de su patrimonio entre sí y una o más sociedades que se constituya al efecto, correspondiéndole a los accionistas de la sociedad dividida la misma proporción en el capital de cada una de las nuevas sociedades que aquella que poseía en la sociedad que se divide.

b)  Tratándose de una división homogénea de una sociedad anónima, y por aplicación supletoria también a las sociedades por acciones, respecto del accionista, la fecha de adquisición de las nuevas acciones representativas del capital de la sociedad que se crea es la misma de aquella en que se adquirió las acciones de la sociedad que se divide, toda vez que, con ocasión de la creación de la nueva sociedad, no se produce por parte del accionista un pago de capital.

c)  La fecha de adquisición de las acciones de la sociedad resultante de la división corresponde a la fecha en que los accionistas de ésta adquirieron las acciones de la sociedad dividida. d)  Para la reliquidación del IGC que se refiere el artículo 38 bis N°3 de la LIR, se considera como años comerciales en que hayan sido propietarios los años que hayan transcurrido desde que los accionistas adquirieron las acciones de la sociedad dividida

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.