
DECRETO LEGISLATIVO N° 1675 MODIFICACIONES A LA LEY N° 29090 LEY DE REGULACIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Y DE EDIFICACIONES
El Decreto Legislativo N° 1675, publicado el 25 de septiembre de 2024, introduce modificaciones clave a la Ley N° 29090, que regula los procedimientos de habilitación urbana y edificaciones en el Perú, el Decreto tiene como finalidad principal agilizar y modernizar los procesos administrativos relacionados con la obtención de licencias de habilitación urbana y edificación, aspectos fundamentales para promover el crecimiento ordenado de las ciudades y la reducción del déficit habitacional.
Esta modificación introduce una mayor flexibilidad y eficiencia en estos procesos, lo que permitirá a los desarrolladores urbanos y a las municipalidades actuar con mayor rapidez y seguridad jurídica, de este modo se refuerza la planificación y control urbano, ya que los procedimientos ahora deben seguir el principio de Coherencia Normativa, la cual asegura que las regulaciones legales nacionales, regionales y locales se integren de manera armónica.
Aspectos clave del Decreto Legislativo N° 1675:
- Un aspecto fundamental de esta actualización es la introducción del principio de unidad, que asegura que las normativas nacionales, provinciales y distritales se alineen con los lineamientos de la Ley N° 29090.
- Se otorga mayor flexibilidad en el proceso de prórroga, revalidación y transferencia de licencias de habilitación urbana y edificaciones; ahora las licencias pueden transferirse de manera directa entre personas naturales o jurídicas sin la necesidad de iniciar un nuevo procedimiento administrativo.
- Las modificaciones establecen que los informes técnicos y dictámenes relacionados con habilitaciones urbanas tienen una vigencia de 36 meses, y en el caso de proyectos integrales, esta vigencia se extiende hasta 10 años.
- La norma incorpora el numeral 41.5 al artículo 41 de la Ley N° 29090, que otorga al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) la responsabilidad de promover la construcción progresiva de viviendas de interés social.
- Se introduce el Cuaderno de Obra, un registro obligatorio que debe mantenerse durante la ejecución de obras de habilitación urbana y edificaciones, este cuaderno puede ser físico o digital, y su función es asegurar la trazabilidad de la obra.
El decreto es particularmente importante en el actual contexto urbanístico, dado que el crecimiento desordenado de muchas de las ciudades y una organización insuficiente, donde la falta de un marco regulatorio claro ha llevado a problemas de urbanización informal y escasez de servicios básicos.
Las empresas y actores del sector inmobiliario, deben ajustarse a lo normado por este Decreto Legislativo, cabe mencionar que la posibilidad de prorrogar, revalidar y transferir licencias sin necesidad de iniciar nuevos trámites administrativos es un cambio que simplifica considerablemente los proyectos de habilitación urbana y edificación, por lo que es recomendable que los responsables de las operaciones se familiaricen con el uso del Cuaderno de Obra, especialmente en su versión digital, para asegurar el debido cumplimiento, evitando sanciones económicas y administrativas.

