
DECLARACIÓN Y PAGO DE IVA EN REMATE DE MERCADERÍAS ENTREGADAS EN PRENDA EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN CONCURSAL
El Servicio de Impuestos Internos mediante el Oficio N°477 del año 2025 se pronuncia sobre la declaración y pago de IVA en el remate de mercaderías entregadas en prenda (warrants) en un proceso concursal.
Al respecto el Servicio de Impuestos Internos, señala que, por la venta efectuada a terceros de los bienes entregados en garantía, el martillero debe emitir una factura cuando el adquirente es contribuyente de IVA o una boleta cuando no lo sea, en la cual se deja constancia que dicha venta se hace por cuenta de un tercero. A su vez, el martillero debe emitir a nombre del deudor, en el mismo periodo tributario que se efectúe la venta, una liquidación detallando el monto y el impuesto a fin de éste lo entere en arcas fiscales. Dicho procedimiento se encuentra regulado en la Resolución Exenta N°91 del año 2013.

