
ENTRADA EN VIGENCIA DE “LEY KARIN”
Hoy, 1 de agosto de 2024, comienza a regir la Ley N° 21.643, conocida como “Ley Karin”, que modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de acoso laboral y sexual e incorpora el concepto de violencia en el trabajo.
¿Cuáles son las nuevas obligaciones para las empresas en virtud de esta nueva Ley?
- Identificar y evaluar riesgos en materia de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.
- Elaborar e implementar un Protocolo para la prevención del acoso, laboral, sexual y violencia en el trabajo.
- Elaborar e implementar un Procedimiento de investigación para eventuales incumplimientos en la materia.
- Ajustar y actualizar el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad conforme a las nuevas exigencias legales.
- Implementar canales de denuncia en la organización para casos de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.
- Realizar capacitaciones en la materia a los colaboradores de la organización.
La “Ley Karin” impone a las empresas tanto el deber de reaccionar ante incidentes de acoso sexual y laboral, y de violencia en el trabajo, como también la obligación de prevenirlos a través de la adopción de controles internos en la organización, precedida de una responsable identificación y evaluación de riesgos en la materia.

