RESOLUCIÓN EXENTA N° 201 DE 2022 DEL SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, ESTABLECE PROCEDIMIENTO DE BLOQUEO MASIVO Y/O AUTOMÁTICO DE RECURSOS FRESCOS Y ENFRIADO-REFRIGERADO EN LA PLATAFORMA DE TRAZABILIDAD

Con fecha 31 de marzo de 2022, se publicó en el Diario Oficial el extracto de la resolución exenta N° 201 de 2022 del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, mediante la cual se Establece Procedimiento de Bloqueo Masivo y/o Automático de Recursos Frescos y Enfriado-Refrigerado en la Plataforma de Trazabilidad.

A partir de la obligación de información y de acreditar origen legal de los recursos hidrobiológicos por parte de los distintos agentes que participan en la actividad pesquera extractiva, de transformación y comercializadores, conforme la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA), el reglamento de entrega de información y las resoluciones dictadas por el Sernapesca para acreditar origen legal, y la implementación de los sistemas establecidos en dichas normas el Sernapesca ha detectado hipótesis de incumplimiento en que usuarios hacen usos indebidos de las plataformas ingresando información falsa, como también se presentan situaciones en que se debe limitar el uso de dichas plataformas. Además, existen casos en que de acuerdo a la LGPA se debe paralizar la operación y funcionamiento de ciertos agentes del sector. Asimismo, en materia de certificación e inocuidad, Sernapesca trabaja coordinadamente con la autoridad sanitaria, de manera tal, que ante la constatación que hace Sernapesca de niveles altos de toxinas en recursos o productos hidrobiológicos o, en caso de detección de patógenos peligrosos para la salud de los consumidores en este tipo de recursos o productos, se debe informar a dicha autoridad la cual ordena la indisponibilidad de dichos recursos o productos hasta que se realicen los análisis correspondientes.

A partir de lo anterior, el Sernapesca efectuó una revisión de las principales hipótesis de riesgo que involucran a traslados de stock con larga data desde su desembarque, de la cual se detectaron el uso de stocks de recurso fresco y de productos enfriado-refrigerados que excedían los días máximos desde el desembarque para acreditar el origen legal de movimientos de recursos recién desembarcados en forma ilegal. Además se detectó el uso de un determinado stock para efectuar múltiples ciclos de traslado de recurso fresco entre el lugar de origen del desembarque y el Terminal Pesquero Metropolitano, para así acreditar la pesca ilegal guardada en origen.

Por tanto, mediante esta resolución se establece un procedimiento general para el bloqueo y extinción masiva de recurso fresco y enfriado-refrigerado, además de fijar procedimientos para la extinción masiva de recurso fresco bloqueado, para el bloqueo automático de recurso fresco y enfriado-refrigerado y establecer tiempos límites máximos de autorización para visación a través del módulo AOL del sistema trazabilidad.

De esta forma en la resolución se distinguen las siguientes hipótesis:

–  Bloqueo masivo de stock antiguo, indicándose la forma en que se ejecutará el bloqueo y notificación y la eliminación masiva de stocks de recursos frescos y stocks de productos bloqueados.

–  Bloqueo de stock automático para recursos y productos en línea enfriado-refrigerado con más días de los permitidos para comercialización desde su desembarque, distinguiéndose la antigüedad del stock dependiendo de la especie de que se trate, indicándose la forma en que se ejecuta el bloqueo y las acciones de verificación y desbloqueo.

–  Bloqueo de stock para recursos y productos con solicitudes de visación rechazadas o derivadas sin tramitación por parte de solicitante, indicándose la forma de ejecutar el bloqueo y las acciones de verificación y desbloqueo. –  Finalmente se establece la hipótesis de activación de criterio de días máximos de visación automática sin verificación física, distinguiéndose entre distintos tipos de especies hidrobiológicas.

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