Modifica el Compendio de Normas Aduaneras, a objeto de actualizar los códigos para implementar el ACE N° 75, entre Chile y Ecuador, e incluirlo en el listado de acuerdos para los que se permite eximir de la presentación de la prueba de origen a las mercancías originarias importadas por Operadores Económicos Autorizados certificados en su actividad de importación.
Tipo de Acuerdo | Sigla a indicar en Declaración | Código |
Acuerdo de Complementación Económica Chile – Ecuador con cupo | ACE – EC – C/C | 574 |
Acuerdo de Complementación Económica Chile – Ecuado sin cupo | ACE – EC | 575 |
Los sistemas de Aduana se habilitarán para permitir la aplicación de los nuevos códigos para operaciones admitidas a tramitación a contar de 16.05.2022, fecha de entrada en vigor internacional del ACE N° 75 entre Chile y Ecuador. Lo dispuesto en la presente resolución comenzará a regir a contar del 01.06.2022, fecha de la publicación en Diario Oficial.

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