
PRONUNCIAMIENTO SOBRE SI LA CESIÓN DE UNA OPCIÓN DE COMPRA DE UN CONTRATO DE LEASING PODRÍA SER ELUSIVO
El Servicio de Impuestos Internos mediante el Oficio N°149 se pronuncia respecto de la cesión de una opción de compra que nace de un contrato de leasing en los términos en que podría ser constitutivo de elusión.
Al respecto, el Servicio ha señalado la cesión del derecho a ejercer la opción de compra en leasing no se encuentra afecta a IVA en tanto es un bien incorporal consistente en un derecho personal, que no reúne los requisitos para ser gravado con IVA. Pero igualmente, por otra parte, indica que la cesión de la opción debe ser efectuada a un valor de mercado, y en el escenario de una fiscalización por la norma general anti elusiva, se debe tener en cuenta lo siguiente: a) Ausencia de resultados económicos o jurídicos relevantes distintos a los tributarios de la operación; y b) Efecto impositivo.
Por lo cual, si bien es legítimo que los contribuyentes puedan ceder la opción y luego que se ejecute la misma por el adquirente, se debe analizar si tuvo efecto únicamente el evitar el IVA, lo cual se podría considerar elusivo.

