MODIFICACIÓN EN PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO PARA EL REGISTRO DE LAS SOCIEDADES DE PROFESIONALES

Mediante la Resolución Exenta N°63 del Servicio de Impuestos Internos, se modifica la Resolución Exenta N°115 de 2022, en lo referido al procedimiento extraordinario para el registro de las sociedades de profesionales, en el siguiente sentido:

  1. Se modifica uno de los requisitos para poder acceder al procedimiento extraordinario para el registro de las sociedades de profesionales, reemplazándolo por el siguiente: No haber emitido documentos afectos a IVA a contar del 1° de enero de 2022. En caso de haber emitido documentos a partir de esa fecha, podrá acceder al presente procedimiento habiendo presentado el Formulario N°22 del Año Tributario 2023. En caso de no cumplir los requisitos o no poder acceder al procedimiento, se deberá seguir el procedimiento ordinario para sociedades que se reorganicen para tributar como sociedades de profesionales. Esta modificación comenzará a regir a contar del 1° de junio de 2023 y estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2023.
  2. Se amplía el plazo del procedimiento extraordinario para el registro de las sociedades de profesionales que era hasta el 30 de junio del año 2023, al 31 de diciembre de 2023.
  3. Se amplía el plazo del procedimiento para las sociedades de profesionales que optan por tributar en el IDPC en forma previa al 1° de enero de 2023 y que emitan a la fecha de entrada en vigencia de este procedimiento boletas de honorarios, considerando el tiempo que implica implementar un sistema de emisión de facturas o boletas no afectas electrónicas, podrán seguir emitiendo éstas hasta el día 31 de diciembre de 2023, plazo que era hasta el 30 de junio de 2023.

*This Alert was prepared by Montt Group SpA., only for educational and informational purposes and does not constitute legal advice.