EXCLUSIÓN DE CONTRIBUYENTES SIN DOMICILIO NI RESIDENCIA EN CHILE DEL RÉGIMEN DE TRIBUTACIÓN SIMPLIFICADA DE LIVS, POR PRESTACIONES DE SERVICIOS CON CONTENIDO ILÍCITO

El Servicio de Impuestos Internos mediante la Resolución N°26 de 2023, en consideración que la Superintendencia de Casinos de Juego informó que los juegos de azar constituyen una actividad económica regulada, en principio es de naturaleza ilícita, y que sólo excepcionalmente se autoriza a ser desarrollada comercialmente. 

Es por ello, el Servicio de Impuestos Internos determinó excluir del régimen de tributación simplificado establecido en los artículos 35 A y siguientes del Párrafo 7° bis del Título II de la LIVS, a los contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile, que habiéndose inscrito en dicho régimen, con posterioridad a su inscripción, se detecte que los servicios de la letra n) del artículo 8° de la LIVS que presten, consisten en contenido ilícito, lo incluyen o intermedian en contravención al ordenamiento jurídico chileno. La exclusión se realizará mediante una resolución que será notificada vía correo electrónico.

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