Con fecha 2 de junio de 2022, se publicó en el Diario Oficial, la Ley N°21.449 que modifica el inciso primero del artículo 30 bis de la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente significando una ampliación de plazo para solicitar la realización del proceso de participación ciudadana (PAC).
A partir de la publicación de la Ley, cuando se publique en el Diario Oficial que un proyecto que genera cargas ambientales para las comunidades próximas se somete a Declaración de Impacto Ambiental (DIA), a lo menos dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica, a través de sus representantes, o como mínimo diez personas naturales directamente afectadas, podrán solicitar la realización de un proceso de participación ciudadana por escrito, dentro de un plazo de treinta días (originalmente 10 días), contados desde la publicación del proyecto que se somete a DIA.
En el marco de la adhesión al Acuerdo de Escazú, en línea con la modificación referida anteriormente, por medio del ordinario N°202299102470, con fecha de 02 de junio de 2022, el SEA instruye a las Divisiones y Direcciones Regionales ampliar criterio sobre la apertura de la PAC en las DIAs, profundizando y ampliando la interpretación del concepto de proyectos que generan cargas ambientales, entendido como aquellos que generan beneficios sociales y que ocasionan externalidades ambientales negativas en localidades próximas durante su construcción u operación, habiéndose cumplido los requisitos formales de la solicitud (artículos 30 bis de la Ley N°19.300 y 94 del RSEIA).

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