INICIO DE REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN A LOS PRODUCTORES DE PRODUCTOS PRIORITARIOS EN EL MARCO DE LA LEY REP

Con fecha de 2 de mayo de 2022, se publicó en página web del Ministerio del Medio Ambiente (rechile.mma.gob.cl) la Resolución Exenta N°439 que da inicio al requerimiento de información a los productores de productos prioritarios (PP), de acuerdo al artículo segundo transitorio de la Ley N°20.920 (Ley REP). Éstos productos son:

a)  Aceites Lubricantes: Aceites minerales o sintéticos que cumplan una función de lubricación.

b)  Aparatos Eléctricos y Electrónicos: Aparatos que requieren de corriente eléctrica o campos electromagnéticos para funcionar incluyendo aquellos necesarios para generar, transmitir y medir tales corrientes y campos.

c)  Baterías: Toda fuente de energía eléctrica obtenida por transformación directa de energía química, con un peso mayor a 2 kilógramos

d)  Envases y Embalajes: Productos hechos de cualquier material y naturaleza, utilizados para contener, proteger, manipular, facilitar el consumo, almacenar, conservar, transportar o mejorar la presentación de las mercancías.

e)  Neumáticos: Pieza toroidal fabricada principalmente por caucho, natural o sintético, y otro aditivo con cámara de aire o sin ella, que suele montarse sobre la llanta de una rueda.

f)  Pilas: Toda fuente de energía eléctrica obtenida por transformación directa de energía química con un peso no mayor a 2 kg.

g)  Diarios, periódicos y revistas: Toda publicación impresa, que se publique y distribuya de forma periódica, orientada a entregar noticias, informar o entretener.

Serán considerados productores de productos prioritarios, las personas que los introduzcan al mercado mediante su enajenación por primera vez en el mercado nacional, su enajenación bajo marca propia adquiridos de un tercero que no sea primer distribuidor y/o importación para propio uso profesional. La entrega de la información deberá ser efectuada a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) en el sitio web vu.mma.gob.cl, a partir de la publicación de la presente resolución, hasta las 14:00 horas del día 1 de julio del 2022.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.