INAPI DEROGA Y DICTA EN SU REEMPLAZO NUEVA NORMA PARA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN SUS PLANES, PROGRAMAS Y POLÍTICAS

Con fecha 22 de febrero del presente 2023 se publicó en el Diario Oficial la Resolución N° 52 emitida por el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) que deja sin efecto su resolución N° 98 de 2015 sobre Participación Ciudadana, para dictar en reemplazo, una nueva normativa sobre la materia con el objeto de ajustar los mecanismos de participación ciudadana a los estándares establecidos en el Instructivo Presidencial N° 7 del año 2022 del Ministerio Secretaría General de Gobierno.

La resolución define que INAPI contará con los siguientes mecanismos de participación.

a. El Acceso a Información Relevante. Por medio de este mecanismo el Instituto pondrá en conocimiento del público; principalmente a través de su sitio web y la Oficina de Atención Ciudadana; información relevante sobre sus políticas, planes y programas.

b. Cuenta Pública Participativa Anual. Por medio de este mecanismo la Directora o Director de INAPI dará cuenta de su gestión anual a la ciudadanía. Cuenta que se respaldará en un informe que será presentado con antelación al Consejo de la Sociedad Civil y al público en general, por su publicación en su sitio web institucional. Dable es agregar, que la misma resolución contempla la posibilidad de que esta sea llevada a cabo tanto vía telemática como presencial y en uno u otro caso se podrán formular consultas y planteamientos.

c. Consulta Ciudadana. El Instituto, de oficio o a petición de parte, podrá hacer partícipe a la ciudadanía en el desarrollo de sus planes, políticas y anteproyectos de ley (u otras materias de interés) lo que hará por medio de consultas que efectué dentro del área de su competencia. Las consultas reseñadas serán realizadas por medio de “ventanillas virtuales” o a través del correo electrónico institucional participacion@inapi.cl. Sin perjuicio de las que se formulen vía Sistema Integral de Atención Ciudadana, SIAC.

d. El Consejo de la Sociedad Civil. Finalmente, INAPI contará con un Consejo de la Sociedad Civil de carácter consultivo, no vinculante, el que estará compuesto de manera diversa, representativa y pluralista por un mínimo de 6 organizaciones de la sociedad civil. El cual estará encargado, entre otros, de aportar conocimientos y opinión para la construcción de las políticas de INAPI.

Todos los mecanismos antes descritos serán coordinados por la Unidad de Participación Ciudadana creada al efecto bajo el alero de la Subdirección Jurídica. Esta unidad será la encargada de gestionar las medidas administrativas necesarias para asegurar la efectividad de los mecanismos de participación reseñados. No instruyendo la resolución una fecha de vigencia diversa o diferida, las medidas detalladas en el cuerpo de esta alerta entrarán en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, es decir, el martes 22 de febrero del presente 2023.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.